UNIVERSIDAD DE NARIÑO
CONSEJO ACADÉMICO
ACUERDO No. 077 DE 2020
(diciembre 1)
Por medio del cual se regula transitoriamente la realización de prácticas externas de los estudiantes matriculados en los semestres A y B 2020, a desarrollarse en Instituciones receptoras de practicantes de los diferentes programas con las cuales la Universidad tiene convenios suscritos o por suscribirse
EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO,
actuando en ejercicio de sus facultades legales, estatutarias y reglamentarias, y
CONSIDERANDO
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO:
Regular la realización la reanudación voluntaria de las prácticas académicas externas de los estudiantes de pregrado de los diferentes programas en las Instituciones con las cuales la Universidad de Nariño tiene convenios vigentes, para los estudiantes matriculados en los periodos A y B de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia COVID-19.
ARTÍCULO SEGUNDO:
Para la reanudación voluntaria de las prácticas de los estudiantes se deberán acatar plenamente las siguientes condiciones:
- Las prácticas se realizarán en los sitios con los cuales la Universidad de Nariño disponga de convenios vigentes.
- Los sitios de práctica expedirán una certificación de aprobación, implementación y cumplimiento de protocolos para asistencia de los estudiantes a prácticas.
- Los estudiantes y docentes deberán firmar un acta de consentimiento informado en la que se responsabilicen por su autocuidado y asumen personalmente cualquier afectación a su salud derivada de su asistencia a los centros de práctica.
- Los estudiantes y docentes que concurran presencialmente a prácticas deberán cumplir estrictamente el protocolo de bioseguridad diseñado por las docentes y las direcciones del Programa, debidamente avalado por el Comité Curricular, las Decanaturas, el Comité de Contingencia de la Universidad de Nariño y los sitios de práctica.
Parágrafo:
Igualmente los estudiantes deben cumplir con estas obligaciones:
Mantener el lugar de trabajo en condiciones higiénicas y aseadas.
- Evitar maquillarse, fumar, comer o beber en el sitio de trabajo. 3. No guardar alimentos en los equipos donde se refrigeran sustancias contaminantes o químicas.
- Manejar a todo paciente como si pudiera estar infectado.
- Lavarse con cuidado las manos antes y después de cada procedimiento.
- Utilizar de forma sistemática guantes plásticos o de látex en procedimientos en que se manipulan sustancias biológicas, se maneja instrumental o equipo contaminado en la atención de los pacientes, o en ambas situaciones.
- Abstenerse de tocar con las manos enguantadas alguna parte del cuerpo y de manipular objetos diferentes a los requeridos durante el procedimiento.
- Emplear mascarilla y protectores oculares durante procedimientos que puedan generar salpicaduras, gotitas aerosoles de sangre u otros líquidos corporales.
- Usar bata durante la estancia en el laboratorio.
- Mantener los elementos de protección personal en condiciones óptimas de aseo, en un lugar seguro y de fácil acceso.
- Si se tienen lesiones exudativas o dermatitis serosas, evitar la atención directa de pacientes hasta que éstas hayan desaparecido.
- Utilizar las técnicas correctas en la realización de todo procedimiento.
- Manejar con estricta precaución los elementos punzocortantes y desecharlos en los recipientes indicados, a prueba de perforaciones.
- Evitar el cambio de los elementos punzocortantes de un recipiente a otro.
- Evitar el reciclaje de material contaminado, como agujas, jeringas u hojas de bisturí.
- Desinfectar y limpiar las superficies y los equipos de trabajo, en caso de contaminación.
- En caso de que se rompa material de vidrio contaminado con sangre u otro líquido corporal, recoger los trozos con escoba y recogedor (nunca con las manos) y depositarlos en el contenedor para punzocortantes.
- Los recipientes para transporte de muestras deben ser de material irrompible y contar con cierre hermético (tapón de rosca).
- Manipular, transportar y enviar las muestras en recipientes seguros, con tapa y rotulación adecuada.
- A su vez, transportar las gradillas en recipientes herméticos, de plástico o acrílico, que retengan fugas o derrames accidentales. Además, deben ofrecer facilidad de lavado.
- Lavarse las manos de forma continua.
- Dar cumplimiento a las normas proferidas por el Gobierno nacional, departamental, local, universitario y del sitio de práctica tendientes a la detención de propagación del COVID 19.
- Abstenerse de asistir al sitio de práctica si presenta síntomas relacionados con COVID-19 y auto aislarse en tal evento.
ARTÍCULO TERCERO:
Las Decanaturas y las direcciones de Departamento, evaluarán permanente del desarrollo de las prácticas contempladas en este acuerdo; no podrán delegar esta tarea, y en caso de presentarse cambios en las condiciones que originan el presente Acto Administrativo, informarán al Consejo Académico para lo de su competencia.
ARTÍCULO CUARTO:
Para los estudiantes que voluntariamente decidan no realizar, en este periodo académico, las prácticas presenciales, los comités curriculares de los programas deberán establecer estrategias para su realización. Estos organismos informarán oficialmente al Consejo Académico las medidas adoptadas.
ARTÍCULO QUINTO:
El presente Acuerdo rige a partir de su fecha de expedición, deja sin efecto cualquier disposición que le pueda ser contraria.
ARTÍCULO SEXTO:
Vicerrectoría Académica, Facultades, Departamentos, OCARA, Dirección de Control Interno y Gestión de Calidad anotarán lo de su cargo.
Publíquese, Comuníquese y cúmplase
Dado en San Juan de Pasto, el 1 de diciembre de 2020.
Original Firmado
CARLOS SOLARTE PORTILLA
Presidente
Original Firmado
JAIME HERNÁN CABRERA ERASO
Secretario General