
CONVOCATORIA PÚBLICA No. STH-010-2026
DEPENDENCIA GESTORA:
1. INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS
Se invita a todas las veedurías ciudadanas interesadas en Intervenir en esta etapa precontractual y en las etapas contractuales subsiguientes de este proceso para que ejerzan la veeduría, vigilancia y control correspondiente.
COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de los números telefónicos: (1) 560 10 95, (1) 565 76 49, (1) 562 4128; vía fax al número telefónico: (1) 565 86 71, por correo electrónico a la dirección webmaster@anticorrupcion.gov.co o en la página web www.anticorrupcion.gov.co.
Los interesados en participar de esta convocatoria, con la presentación de su propuesta se comprometen a:
- No ofrecer ni dar sobornos ni dar o entregar cualquier otra forma de halago dádiva a ningún funcionario, miembro, trabajador o subcontratista de la Universidad de Nariño o cualquier otro funcionario del Estado que tenga o haya tenido que ver con el Proceso, en relación con su Propuesta.
- No permitir que nadie en su nombre, bien sea empleado, agente o comisionista independiente incurra en las conductas indicadas en el numeral anterior.
- Impartir instrucciones a todos sus empleados, subcontratistas y agentes y a cualquier otro representante suyo, exigiéndoles en todo momento el cumplimiento de las Leyes de la República de Colombia, y especialmente de aquellas que rigen el presente proceso.
- No efectuar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como consecuencia la colusión del proceso o el fraude en su resultado y no realizar conductas que tengan como efecto la desviación de la Adjudicación del Contrato.
2. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES.
No podrán presentar propuesta ni contratar, quienes se encuentren incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en los estatutos internos, la Constitución y en Ley, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007. Esta situación se entenderá verificada con el aporte de la certificación de la Procuraduría General de la Nación y demás documentos que permitan establecer esta condición.
3. JUSTIFICACIÓN DEL MECANISMO DE SELECCIÓN.
Que en el Articulo 5, Competencia para celebrar contratos, del Acuerdo No. 050 del 29 de septiembre de 2022, por el cual se expide el Estatuto Contractual de la Universidad de Nariño, establece la potestad para dar inicio a este proceso contractual.
4. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
“CONTRATAR LOS SERVICIOS DE UN (01) PROFESIONAL EN ENFERMERÍA CON TÍTULO DE MAESTRIA EN ÁREAS DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN O MAESTRÍA EN ÁREAS DE CIENCIAS DE LA SALUD, EXPERIENCIA CERTIFICADA EN CREACIÓN DE DOCUMENTOS MAESTROS PARA REGISTROS CALIFICADOS DE PROGRAMAS DE ENFERMERÍA Y EXPERIENCIA EN LA RELACIÓN DOCENCIA/SERVICIO”
5. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD
Que Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía en sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo, la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalecía del interés general.
Que el artículo 2º de la Constitución Política establece: “Son fines esenciales del Estado: Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución”. Que, para el cumplimiento de los fines del Estado es necesario el aprovisionamiento de bienes y servicios por parte de los órganos públicos mediante la contratación.
Que el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia garantiza la Autonomía Universitaria y consagra que las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley.
Que teniendo en cuanta que la Universidad se encuentra actualmente en el marco de la Ley de Garantías, se considera fundamental que cualquier actuación contractual se adelante en estricto cumplimiento de la normatividad aplicable y de los principios de transparencia, selección objetiva, legalidad y publicidad.
Que el Departamento de Promoción de la Salud, respaldado en un estudio de Factibilidad, inició el proceso de Elaboración de una Propuesta para ofertar el Programa de Enfermería en la Sede Pasto como una apuesta por la diversificación de la oferta educativa en la Facultad de Ciencias de la Salud.
Que la Dirección de Desarrollo Académico Pregrado y Postgrado de la Universidad de Nariño publicó en 2025 la Guía para la construcción y actualización de proyectos educativos de programa de la Universidad de Nariño.
Que para la formulación del documento PEP a la luz de los lineamientos normativos nacionales e institucionales para programas del sector salud, el Departamento de Promoción de la Salud requiere de una persona experta que garantice la completitud y condiciones de calidad con base en las recomendaciones de la Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior CONACES del Ministerio de Educación Nacional.
Que se requiere de una persona idónea conocedora del campo disciplinar de la Enfermería, así como de las Condiciones de Calidad para la formulación del PEP de este programa y que garantice que el documento cumpla con las condiciones institucionales y nacionales de calidad.
6. PUBLICIDAD
La UNIVERSIDAD DE NARIÑO, publicará la presente convocatoria, así como los documentos que se produzcan en el desarrollo del presente proceso de selección en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP II), Portal Colombia Compra Eficiente www.colombiacompra.gov.co y en la página web institucional, medios con los cuales se pretende garantizar los principios de publicidad y libre concurrencia.
Original firmado
IVAN ERNESTO MARTINEZ GUERRERO
VICERRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO




