
ACCIÓN DE TUTELA:
520014071002-2026-00170-00
ACCIONANTE:
JULIETH GABRIELA TABANGO CAICEDO
ACCIONADAS:
UNIVERSIDAD DE NARIÑO y SU OFICINA DE CONTROL, REGISTRO ACADÉMICO Y ADMISIONES (OCARA)
San Juan de Pasto, catorce (14) de julio de dos mil veintiséis (2026).
El Despacho, luego de revisar el presente asunto, considera necesario vincular al trámite a los aspirantes al programa de Ingeniería Ambiental ofertado por la UNIVERSIDAD DE NARIÑO
y SU OFICINA DE CONTROL, REGISTRO ACADÉMICO Y ADMISIONES (OCARA) para el periodo académico 2026B.
En virtud de ello, se ordenará correrle el traslado de ley, para que hagan uso de su derecho de contradicción y rinda un informe detallado sobre los hechos que dieron lugar a la presente
actuación, así como para que aporte las pruebas que estime pertinentes. Lo anterior, con el propósito de integrar debidamente el contradictorio.
Para ello, se ordenará a la UNIVERSIDAD DE NARIÑO, que proceda de manera inmediata a publicar la presente providencia, la acción de tutela y sus anexos en su página web institucional,
con el fin de notificar y correr traslado a los aspirantes al programa de Ingeniería Ambiental, para el calendario 2026B, para que, quienes se encuentren interesados se pronuncien sobre la
misma. Asimismo, se le requiere que, una vez realizada la publicación, de manera inmediata remita a este despacho la respectiva constancia de publicación para ser aportada al proceso.
Por lo anterior el Juzgado Segundo Penal Municipal con Función de Control de Garantías para Adolescentes de Pasto.
RESUELVE
PRIMERO: VINCULAR al presente trámite constitucional a los aspirantes al programa de Ingeniería Ambiental ofertado por la UNIVERSIDAD DE NARIÑO a través de su OFICINA DE CONTROL, REGISTRO ACADÉMICO Y ADMISIONES (OCARA) para el periodo académico 2026B, a quienes se les correrá traslado por el término de seis (06) horas contadas a partir de la notificación del presente auto, de acuerdo al artículo 19 del Decreto 2591 de 1991 del escrito de tutela y de los documentos presentados por la parte accionante, accionada y vinculadas, a fin de que haga uso de su derecho de contradicción que le asiste y presente un informe detallado sobre los hechos que motivan la acción pública, así como las pruebas que pretende hacer valer. Háganse las advertencias de rigor, conforme a lo estipulado en el artículo 20 del Decreto 2591 de 1991.
SEGUNDO: ORDENAR a la UNIVERSIDAD DE NARIÑO y a la OFICINA DE CONTROL, REGISTRO ACADÉMICO Y ADMISIONES (OCARA), que procedan de manera inmediata a publicar la presente providencia, la acción de tutela y sus anexos en su página web institucional, con el fin de notificar y correr traslado a los aspirantes al programa de Ingeniería Ambiental, para el calendario 2026B, para que, quienes se encuentren interesados se pronuncien sobre la misma.
Asimismo, se le REQUIERE que, una vez realizada la publicación, de manera inmediata remita a este despacho la respectiva constancia de publicación para ser aportada al proceso.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Original firmado
JORGE ALBERTO ORTIZ VILLAREJO
Juez Segundo Penal Municipal para Adolescentes
Función de Control de Garantías




